Wednesday, February 11, 2015

MINERIA ILEGAL

Recientemente los medios de comunicación se han referido con insistencia al terrible delito de la minería ilegal. Como muchos otros temas, es tratado a la ligera y con un notable desconocimiento del tema y sus implicaciones. No se sabe quién está peor informado, si los “periodistas” que se refieren al tema o los funcionarios del Gobierno.
En una vieja y venerable tradición, los funcionarios del Estado que rigen la actividad minera, desconocen totalmente el tema, por tanto siempre las legislaciones y reglamentos se han diseñado por instinto, no por conocimiento. Generalmente los funcionarios despistados creen que quien hace exploración minera sale al campo y pronto regresa con alforjas llenas de oro y diamantes.
Hay toda una serie de conceptos errados por lo cual se confunde exploración con evaluación. La exploración se realiza con el fin de buscar un mineral determinado y confirmar su presencia en determinada zona. La evaluación exige toda una serie de procesos tales como apertura de trincheras, perforaciones, análisis químicos, etc., todo lo cual implica grandes inversiones.                 
La exploración puede ser infructuosa (como sucede en la mayor parte de los casos). La evaluación indica si el mineral hallado es explotable económicamente. En la mayor parte de los casos no lo es,  por tanto la inversión económica realizada se pierde totalmente. Cabe anotar que en el proceso de exploración y explotación no hay lucro de ninguna clase, solamente gastos.
La legislación de minas en Colombia ha sido instintiva y errática. El desconocimiento del tema por una falta casi total de experiencia en minería, ha producido un estancamiento casi total. Se establecen normas y exacciones caprichosas y cambiantes sin un análisis serio de la situación. Por ejemplo, establecieron el llamado canon superficial, un impuesto a la exploración notablemente cuantioso. Esto parece obedecer a un apetito fiscalista, establecido sin un análisis serio de la situación. La exploración y evaluación de depósitos minerales no es una actividad que produzca dividendos, solamente gastos cuantiosos, si se suma la exacción mencionada, la exploración minera se torna excesivamente onerosa, además dicho impuesto no le asegura el acceso al área de interés debido a los problemas de orden público. Es absurdo que un Estado que no ofrece seguridad, no tiene una cartografía geológica creíble del territorio y carece de estudios metalogénicos pueda cobrar por asegurar un derecho. 
Además el empresario minero se ve atropellado por “comunidades” las cuales generalmente son grupos extorsivos que aparecen cuando olfatean alguna actividad económica, movimientos ambientalistas, creación de parques nacionales o zonas de reserva, vecindad de áreas de reserva indígena, y la concebida extorsión guerrillera. A todo lo anterior se agregan obligaciones tales como nombrar un apoderado (abogado titulado), en muchos casos hacer levantamientos arqueológicos, conseguir una póliza de seguros (¿para que?), tramitar el levantamiento de la reserva forestal establecida en 1959. Si culmina todo ese viacrucis burocrático, debe presentar el “PTO”, un absurdo requisito por el cual el empresario debe presentar un balance, proyectando todas las actividades de la mina hasta su reversión que puede ser en treinta años. Además de todo lo anterior, satisfacer todas las exigencias caprichosas de los funcionarios, los cuales son dados a legislar por su cuenta. 
Si todo el proyecto exploratorio fracasa, porque no hay suficiente mineral o este es de muy baja ley o por  imponderables tales como que  las “comunidades” o los alcaldes impidan continuar trabajos, el área sea declarada parque nacional o reserva especial, los arqueólogos y antropólogos veten e l proyecto porque hallaron un circo romano, además de la eventualidad que las guerrillas dinamiten los campamentos o secuestren el personal técnico; la empresa exploratoria debe cancelarle al Gobierno todos los cánones superficiales, so pena de que le establezcan una persecución fiscal, peor aún si se trata de un pequeño empresario ya que le pueden quitar hasta su casa. El Gobierno tiene más consideración con los narcotraficantes.
Si el proyecto minero llega a realizarse, el empresario estará sujeto la “fiscalización”, esto permite que los funcionarios lo puedan multar por no producir determinado año lo especificado en el PTO, no importan las circunstancias que lo afecten tales como inundaciones, terremotos, huelgas, derrumbes o catastróficas bajas en los precios del mineral. Por otra parte estará sujeto a las inspecciones de funcionarios del medio ambiente los cuales lo pueden multar por cualquier minucia.Como se puede adivinar todas esas “inspecciones” son una magnífica oportunidad para la corrupción y el chantaje.
Las “comunidades” estarán pendientes de acusarlo de contaminar la capa de ozono de la tierra o de verter estricnina en los desagües o cualquier otra sandez de ese estilo.
Cabe preguntar, en los años que llevan cobrándose los “cánones” ¿Qué beneficios le ha llevado el Gobierno a las zonas mineras con esos dineros?  A distritos mineros tales como Barbacoas, Segovia, Zaragoza se llega por trochas tales como la “carretera Junín- Barbacoas”, la “carretera ceres-Zaragoza” o la “vía Segovia Zaragoza”, verdaderos caminos de herradura. Otros distritos mineros son enclaves aislados donde solamente llega la acción del Gobierno para cobrar multas y exacciones y exigir requisitos absurdos. Poblaciones tales como Guamocó,Tiquisio, Puerto Claver. SipíTimbiquí, Payan, Nóvita, Sanabria, etc, nunca han recibido vías de comunicación, servicios públicos ni inversiones en sanidad, pero si sus habitantes pretenden legalizar sus actividades mineras, les llueven los cobros de cánones, multas, exigencias de “apoderados”, pólizas de seguros y mil requisitos más.  
Luego de lo anteriormente expuesto, cabe concluir que la minería ilegal ha proliferado, por la sencilla razón que el minero ilegal solamente es extorsionado por la guerrilla.  

Jaime Galvis Vergara  
Geólogo

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